Jornada seguimiento expedición Factura Electrónica de 20 de abril de 2023

En lo corrido del año se han realizado más de 13000 visitas integrales y de control de facturación a sectores como servicios de salud, restaurantes, bares y gastrobares.

También se están adelantando visitas a los proveedores tecnológicos para verificar el cumplimiento de los requisitos financieros y revisión de los documentos soporte, además de examinar el cumplimiento y funcionamiento del software de facturación electrónica del servicio que prestan como proveedores tecnológicos de factura electrónica, de acuerdo con el parágrafo 4 del artículo 51 de la Resolución 000042 de 2020.

El jueves 20 de abril, se llevaron a cabo cerca de 7400 visitas a establecimientos de comercio en general en todo el país, para verificar el cumplimiento de la expedición de la factura electrónica con el lleno de los requisitos, y en caso del no cumplimiento, orientar al facturador hacia las buenas prácticas para la generación y entrega de la factura electrónica.

Fueron cerca de 2000 servidores públicos de la DIAN en todo el país los que visitaron dichos establecimientos de comercio.

Las acciones también se enfocaron a los compradores para convertir en un hábito la solicitud o exigencia de la factura electrónica por las compras o servicios adquiridos.

Dentro de las acciones realizadas se continua con el procedimiento señalado en el Estatuto Tributario para quien NO factura o que lo haga sin el lleno de los requisitos

Dentro de los resultados más importantes de las visitas se destaca la identificación de barreras a la generación y entrega de la factura electrónica a los compradores de manera inmediata.

Las consecuencias para los establecimientos que no estén facturando electrónicamente estando obligados, o que no lo estén haciendo con el lleno de los requisitos van desde sanciones del 1% de la operación no facturada hasta el cierre del establecimiento por 3 días.

 

 

Barreras identificadas

 

Se indica que es un tiquete informativo de venta, no factura de venta.

Solicitan al cliente que se registre antes de iniciar la transacción.

Se solicita al cliente aportar documentos no requeridos por la normativa, por ejemplo, entregar el RUT, cédula de ciudadanía, certificado de cámara de comercio, fotocopias de tiquetes POS u otros documentos.

Indican al cliente que debe solicitar la factura en determinado correo electrónico.

Le indican al comprador que si no tiene RUT no le generan factura electrónica, cuando no es un requisito tener este registro.

Hacen la pregunta con respecto a si requiere la emisión de la factura electrónica, cuando esto debe hacerse sin necesidad de ser solicitada.

Se indica al cliente que escanee un código QR para descargar la factura.

Se da un plazo para realizar la solicitud y entrega de la factura.

Se expide la factura electrónica con el NIT 22222222 (cliente consumidor final), perjudicando al comprador, quien necesita que sea expedida a su nombre para poder usarla en sus declaraciones tributarias.

Le indican que la factura le será expedida horas o días después de la transacción, cuando tecnológicamente todo está dispuesto para que la reciba de inmediato en su correo electrónico.

Algunos comercios le indican que no le acumulan los puntos de las compras si le facturan electrónicamente.

Editor Notiquilla

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