LOS DE CUELLO BLANCO ACTÚAN DE BUENA FE. LA PLEBE NO POR ESO SE LES CONDENA. PROCURADURÍA Y CONTRALORÍA.

Por: Jorge Vergara Carbó

El reciente fallo, del 4 de mayo del 2021, proferido por la PGN, ha generado una serie de comentarios que bien vale la pena comentar las decisiones que tomaron para exonerar de toda culpa a los miembros de la Junta Directiva de Ecopetrol por conductas dolosas, en el caso REFICAR. Proyecto cuyo presupuesto inicial fue de US$3.776 millones, y termino costando U$8.016 millones. Un sobre costo del 212.3%, que no tuvo implicaciones para la Procuraduría y Contraloría (fallo 773 de junio6/18) al no encontrar en las actuaciones de los investigados “causa grave alguna”, por haber actuado de buena fe, con  confianza al contratista y carecer de conocimiento en la elaboración de presupuestos de ese tipo.

De acuerdo al fallo, la Procuradora Margarita Cabello le está indicando al país, que ella está para proteger a los de “cuello blanco” y a sus partidarios políticos. Porque afirmar tanto ella, como el Contralor, que no hay mérito para sancionarlos disciplinariamente o fiscalmente, a quienes con sus decisiones aprobaron las distintas adicciones al monto del contrato hasta el punto de incrementarlo en el 212.3%. Eso para ellos, no es “culpa Grave”, porque peor hubiera sido según lo dicen (pág 41), abandonar el proyecto, por lo que “solo podían aprobar acometer las inversiones como la mejor decisión”. En ese fallo, dice sin sonrojarse la Procuradora (pag48)”Ausencia de las ganancias que a la fecha (mayo del 2021), tiene el Estado Colombiano por Reficar”.

Cuando digo que en ambos enunciados no se sonrojan, lo digo porque tanto la CGR, como la PGN, no se dieron a la tarea de investigar en el mercado internacional a cuánto asciende el costo de una refinería con una capacidad de 150.000  barriles de petróleo día (bpd). Si lo hubieran hecho encontrarían que la refinería más grande del mundo 1,2 millones de petróleo día, localizada en la India “JAMNAGAR”, ocho (8) veces más grande que Reficar, costo del 2005 al 2008, la suma de US$6.000 millones.

Si las cifras anteriores no significan un detrimento patrimonial por parte de los que autorizaron el proyecto y de quienes lo ejecutaron, que es para los organismos de control un detrimento patrimonial. Peros resulta que la CGR, solo le sigue proceso fiscal a los gerentes, funcionarios y miembros de la Junta Directiva de Reficar, y no a los de Ecopetrol.

Pregunto, ¿qué trabajo le costaba a los ministros de Hacienda y de Minas y Energía, como a los otros integrantes de la junta directiva de Ecopetrol averiguar en el mercado mundial, cuál era el costo para una planta como la de Reficar. ¿Porque esa investigación no la hicieron los señores de la Procuraduría, les costaba mucho trabajo entrar a “Google” y consultar?

No lo hicieron porque la orden impartida era exonerarlos, no se puede condenar en el país a personas de “cuello blanco” eso se deja para la plebe.

Pero la desfachatez más grande, la comete la Procuradora Margarita Cabello al firmar ese fallo, que sabemos ella no lo redacto, ni analizo sus consecuencias, ya que ella miente  al afirmar que de no haberse invertidos esos recursos (US$8.016 mllones)“hoy no tendríamos las ganancias que genera Reficar”

¿Cuáles ganancias procuradora?, esa es una afirmación sin sustento y carente de todo tipo de investigación, para su conocimiento en la página Web de Reficar , usted encontrara los Estados Financieros de esa empresa del año 2016 al 2020, acompañado del informe de los Revisores Fiscales y Auditores, en los cuales se demuestra que esa empresa que usted dice “genera grandes utilidades” desde su puesta en funcionamiento hasta el 31 de diciembre del 2020, arroja “pérdidas acumuladas”  por $9.5 billones de pesos, unos US$2.533 millones, cifra igual al capital suscrito y pagado.

Lo que indica que es un proyecto que nunca será rentable, al igual que otros proyectos aprobados alegremente pero que después terminan costando el doble o el triple o el doscientos doce por ciento como Reficar. La historia del país, está llena de este tipo de contratos, que para ponerlos en marcha se acomodan las cifras de precio, demanda, costo del proyecto y cuando se ejecutan las cifras proyectadas no coinciden, presentándose sobre costos que no hacen rentable el proyecto, un ejemplo de ello, el caso Hidroituango.

Con este fallo doctora Margarita Cabello, usted le está enviando un mensaje claro a Sergio Fajardo, quién actualmente es investigado por los órganos de control del Estado, por varios delitos, entre ellos detrimento patrimonial, contrato sin el lleno de los requisitos, contrato sin planeación técnica y financiera.

Con su mensaje, usted le está diciendo a Sergio fajardo, y a otros implicados en investigaciones,  que como argumento central sostengan que “actuaron de buena fe, confiaron en los contratistas y carecen de experiencia en la elaboración de los presupuestos sobre temas técnicos como el de Hidroituango, por ser en el caso de Fajardo su formación profesional de Matemático, no es ingeniero, ni economista , ni tiene porque saber adivinar cuál será la tasa de cambio en el año 2030.

Creemos que desde el 4 de mayo, con su sentencia no habrá más sancionados en el país, por sobrecostos. Porque todos sus actos fueron hechos de “buena Fe”.

Igualmente, los procesos que tiene en su escritorio desde hace, más de 10 años, seguirán guardados, esperando se venzan los términos para decretar su caducidad.

Es preciso que los organismos de control del Estado, sepan que el control cuesta plata, que sus nóminas y gastos son altos, por ello deberían centrar su trabajo en los macro proyectos y en las juntas directivas de las empresas del gobierno.

En el caso Reficar, exoneran a los de la Junta Directiva de Ecopetrol, igual lo han hecho con el contrato de  Bioenergy, donde perdimos US$800 millones, y por la alianza con la OXY, US$1.500 millones, sin resultados positivos una empresa que tiene problemas financieros serios. Tampoco investigaron a la Junta Directiva del Banco de la República por vender parte de las reservas de oro.

Barranquilla, mayo 10 de 2021.

admin

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