LEY DE FINACIAMIENTO (1943/18)  AGRAVA DÉFICIT FISCAL DEL PAÍS

 Barranquilla, enero 8 de 2.019.

Por: Jorge Vergara Carbó

La reciente ley tributaria del país aprobada el 28 de diciembre de 2.018, día de los inocentes, trae una serie de cambios en la legislación tributaria y aspira a recaudar $7.8 billones de un posible faltante en la Ley de presupuesto aprobada por el congreso para el año 2.019, estimado en $14 billones.
Igualmente el gobierno fijó en noviembre del pasado año, el valor de la UVT en $34.270 pesos, que es la medida utilizada en Colombia como base para el pago de los impuestos.
La filosofía de la nueva ley se basa en favorecer a las empresas  que supuestamente venían siendo gravadas con una tarifa alta, lo que les impedía generar empleo formal, por ello se aprobó en la ley disminuirle la tasa impositiva pasando del 33% al 30% en un período de cuatro años. Pero se le olvido al gobierno y al Congreso que nuestra legislación tributaria contempla una serie de exenciones, deducciones y otros privilegios como el de la “seguridad inversionista” que hacen que el recaudo tributario del país con relación al PIB sea tan solo del 15%, cuando en países similares al nuestro ese recaudo está por encima del 22%, y que decir de los países desarrollados que representa el 45%. Esta disminución en los impuestos a las empresas de no ser compensado por otros sectores,  afectará el déficit fiscal que hemos venido arrastrando desde hace más de 30 años. Situación similar se presentará en los EEUU, por la baja en los impuestos al sector empresarial.
Como contraste a lo anterior se aprobó aumentarles los impuestos a los asalariados, a los dividendos, al patrimonio por tres años, al giro de utilidades, al sector financiero, a las cervezas y gaseosas y la normalización o legalización  de capitales y de pasivos inexistentes, basado en el argumento que en la mayoría de los países y en especial los desarrollados, la carga impositiva recae con mayor peso en las personas naturales.
Basados en ese argumento, deciden aumentar las tasas impositivas y disminuir la base de ingresos en UVT para las personas naturales: quienes ganen al año $37.4 millones, no pagaran impuesto, los que ganen hasta $58.3 millones, pagaran un 19%,  los que ganen hasta $140.5 millones pagaran un 28%, después sigue una tasa del 33% para los que ganen hasta $297.1 millones, y quienes ganen más de $1.062.3 millones pagaran un 39%.
Los dividendos serán gravados en un 15%, cuando se reciban anualmente por encima de los $10.3 millones. Tasa demasiado baja si la comparamos con la que se cobra en los países de la OCDE o en los países desarrollados que es del orden del 45%.
El patrimonio se grava por tres años a capitales por encima de los $5.000 millones, con una tarifa baja del 1%, cuando ha debido ser por lo menos del 10%. Al sector Financiero  una tasa del 4% adicional a su impuesto a pagar.
La cerveza y  gaseosa, se les impone un IVA adicional llamado “Plurifásico”.
A la legalización de capitales o de pasivos inexistentes se les fijó una tasa del 13%, la cual es demasiado baja, debido a que estos capitales en su totalidad fueron sacados del país sin autorización (fuga de capitales) lo cual es un delito y por otra parte quienes declararon pasivos inexistentes cometieron el delito de evasión de impuestos al igual de quienes dejaron de declarar activos o los declararon por debajo de su valor comercial real. El costo fiscal para el país de quienes actuaron en esa forma ha sido muy alto, para legalizarlo ahora con un 13%, al igual que ha sucedido en años anteriores cuyas tasas han sido bajas y eso ha permitido legalizar capitales en su mayoría mal habido. La tasa mínima que debería cobrarse por ese concepto es del 20%.
El giro de utilidades que pagaba impuestos en el país, pero que el presidente Uribe generosamente lo quitó, lo fijaron a una tasa ridícula del 7.5%, cuando ha debido ser por lo menos del 15%.
Para  los que conocen el sistema tributario colombiano, saben que el mayor flagelo que tiene es la alta evasión y elusión tributaria en todo tipo de impuestos, como el lavado de dinero que distorsiona el comportamiento económico de los sectores en que se realiza,  especialmente en el valor de la vivienda y la fuga de capitales a los paraísos fiscales, cuya suma anual es cercana a los $21 billones de acuerdo a estimaciones de la CEPAL. Con relación a la evasión del IVA, la DIAN la estima en el 23% de lo recaudado y el FMI en el 40%. Con relación al impuesto de renta la DIAN estima su evasión en un 39%. Entre la fuga de capitales $65 billones anuales y el contrabando $21 billones anuales, tenemos una evasión total que bordea los $50 billones al año, siendo su principal el del IVA estimado en $20 billones. A pesar de ello las sanciones aprobadas en la nueva ley, prácticamente descartan la cárcel para los evasores, por el monto que le fijaron y  si son cogidos en la evasión basta que pague el impuesto para que quede libre sin ningún problema jurídico en el país.
En la práctica serán muy pocos los sancionados con cárcel, porque el monto fijado fue de quién evada una suma mayor a $4.130 millones, tendrá cárcel de 18 a 108 meses. Parar este delito los legisladores y el gobierno no tuvo en cuenta lo que sucede en los países de la OCDE y especialmente en España y los EEUU.

El otro objetivo que se trata de conseguir, es de normalizar las empresas informales,  facilitándoles el tramite tributario fijándoles un impuesto que llamaron “SIMPLE” cuya tasa varía dependiendo del nivel de ingresos de cada empresa y, además incluye el pago de los impuestos territoriales del ICA. Los ingresos hasta $205.6 millones pagan el 2%, siendo el máximo del 11.6%, para ingresos superiores a $2.741.6 millones. Variando la tabla según la actividad de la empresa.
Otra novedad es lo contemplado en el artículo 67 “MEGA INVERSIONES”, con una tarifa de impuesto sobre la renta del 27%, si generan 250 empleos directos y una inversión de 30 millones de UVT, que equivalen a $1 billón de pesos, en cinco años, concediéndoles además una depreciación de sus activos en dos años, no cobrarles renta presuntiva, ni patrimonio y darle un contrato de estabilidad tributaria por 20 años. Esta “Mega Inversiones” no aplica para la explotación de los recursos naturales no renovables.
También se desmonta la renta presuntiva bajándola del 2019 al 2020 al 1.5%, para eliminarla en el 2021.
Se dan incentivos al sector hotelero, con una renta del 9%, y a la economía naranja por 7 años, siempre y cuando generen 3 empleos con una inversión de $150.8 millones, y al sector agrícola se le concede 10 años , si generan 10 empleos con una inversión de $856.7 millones en seis años.
Se fija un impuesto de salida para los colombianos y extranjeros que salgan del país por vía aérea de US$1 por cada tiquete y un impuesto al turismo para los extranjeros  que ingresen al país por vía aérea de US$15 dólares.
A la empresa se les permite descontar del impuesto a la renta, el 50% del 4×1000 y el 50% del ICA, avisos y tableros.
Por último en al artículo 107, se faculta a las entidades territoriales para conceder beneficios temporales hasta un 70% en el pago de intereses moratorios que se hayan generado en el no pago de multas, sanciones y otros conceptos de naturaleza  no tributaria. Tendrá vigencia hasta el 31 de octubre de 2.019, y las asambleas y concejos deben expedir las normas y el porcentaje a beneficiar.

En conclusión tenemos una reforma tributaria que fue más la bulla que generó, que los ingresos que le aportara al país, para cubrir el déficit presupuestal para el año 2.019 y, por supuesto para resolver el déficit fiscal. Se otorgaron nuevos beneficios a los ya existentes, lo que a futuro afectará las finanzas del gobierno central obligando a una nueva reforma tributaria.
Interesante la Comisión que se crea para estudiar la tributación territorial en busca de buscar mecanismos que la integren con la Nación y controlar la evasión y elusión tributaria en las entidades territoriales. Hay que esperar para ver en que queda esa famosa Comisión.
Desde ya, podemos garantizarle que los incentivos otorgados a las empresas para generar empleo, no se darán. No existe información empírica en el mundo que demuestre que el empleo se genera por la disminución de los impuestos a las empresas. La generación de empleo depende de la dinámica de la actividad económica nacional e internacional. Si crecemos a tasas iguales o superiores al 5%, en el país,  tengan la seguridad que generaremos empleo formal de alta remuneración. Hoy tenemos una informalidad del 48% a nivel nacional, siendo esa informalidad en la Región Caribe por encima del 60%, lo que indica que vivimos del rebusque y que la Región Caribe sigue siendo una región pobre, debido a que está demostrado estadísticamente que quienes viven del rebusque desde el punto de vista macroeconómico no alcanzan a percibir un salario mínimo.

Es bueno recordarles, que el presupuesto del 2.019, se calculó con un precio del petróleo de US$65 dólares el barril,  una tasa de cambio de $2.900 pesos, una tasa de crecimiento del 3.7% y una inflación del 3%. Ninguna de esas variables se han dado en los primeros días del mes de enero y se presume que no se darán en el primer semestre del año, principalmente el precio del petróleo que ha venido bajando desde noviembre del 2.018, de US$78 dólares a US$57 al 8 de enero del 2.019 y, la tasa de cambio está en $3.209.

A parte de lo anterior existen unos nubarrones que incidirán sobre el crecimiento esperado de la economía colombiana para el 2.019, el FMI lo proyecta en un 3.3%, tasa inferior a la que estimo el gobierno colombiano. Igualmente la OCDE, y otras instituciones prevén una desaceleración en la economía mundial producto de un menor crecimiento en la zona euro, el problema del Brexit, la guerra comercial de EEUU – China, la volatilidad de los mercados con sus incidencias en las bolsa de valores, las decisiones de la FED con relación a la tasa de interés, la desaceleración de la economía China y estadunidense, el precio de los commodites, el fenómeno del niño entre otros.

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